
Artículo 20.-EDUCACIÓN. Todos los y las jóvenes dominicanos / as, tienen derecho a la Educación Formal regulada por el Estado, por lo que es responsabilidad del Estado Dominicano disponer de los recursos que fueren necesarios a los fines de garantizar éste derecho.
-Atribuye que los jóvenes tienen derecho a una educación formal, mediante la cual el Estado con carácter obligatorio facilitara los recursos necesarios para que ellos obtengan una educación de alta calidad.
Ley General de la Juventud y la Educación